A contar del 2016 sube el impuesto verde para vehículos más contaminantes

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El Ministerio del Medio Ambiente anunció hoy que a contar del 31 de diciembre próximo comenzará la segunda etapa de implementación del llamado «impuesto verde» a los vehículos menos eficientes.

«Esta segunda etapa del impuesto verde significa un aumento del 50% del cobro de las emisiones por óxido de nitrógeno», informó el ministro (s) del Medio Ambiente, Marcelo Mena.

Explicó que «un vehículo gasolinero va a aumentar un 10% su impuesto verde y un diésel, que tiene más emisiones de dióxido de nitrógeno, va a aumentar hasta un 40%. Esto se estabilizará el año 2017 con un nuevo aumento del 50%».

El objetivo de este impuesto es penalizar a los vehículos menos eficientes y a los que generan mayores emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx), ya que son gases tóxicos, irritantes y precursores de la formación de material particulado fino 2.5 y ozono, que afectan la salud de las personas.

El ministerio explicó que el año 2015 fue un periodo de transición del llamado «impuesto verde», ya que cobró alrededor de la mitad de lo que se recaudará a partir de 2017.

Añadió que a partir del 31 de diciembre, este impuesto aumentará en un 50% a vehículos con emisiones de óxido de nitrógeno (NOx), con el fin de incentivar el ingreso de vehículos con menores tasas de emisión de este tipo de contaminante y continuar con la segunda etapa de este proceso.

El impuesto es altamente progresivo, ya que grava en mayor medida a los automóviles más caros, los que tienen menor rendimiento, los ineficientes y los que producen mayores emisiones de NOx.

«Tenemos grandes desafíos cambio climático y la contaminación atmosférica debemos tener un parque mucho más eficiente y menos contaminante. Estos impuestos, pioneros en Latinoamérica son claves lograr este objetivo. Este salto del 2016 permite escalar el cobro por contaminación por NOx en un 50%, llegando finalmente a su valor final de 100% en el 2017», añadió el ministro.

El impuesto no se aplica a vehículos de trabajo, es decir, están exentos los vehículos motorizados destinados al transporte de pasajeros, con capacidad de más de 10 asientos, incluido el del conductor, camiones, camionetas y furgones de más de 2.000 kilos de capacidad de carga útil y furgones cerrados de menor capacidad.

Fuente: Diario Pyme